Registro de jornada (parte de horas)
Desde mayo de 2019 todas las empresas deben registrar cada día la hora de inicio y de fin de la jornada de cada persona trabajadora, y conservar esos registros cuatro años. Este parte mensual recoge entrada, salida, pausas y horas por día, suma el total del mes y lo firman trabajador y empresa.
- Campos
- 203
- Páginas
- 2
- Papel
- A4
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Revisado
Antes de empezar
Qué necesitas para rellenarla
- Nombre y DNI o NIE de la persona trabajadora
- Empresa y centro de trabajo
- Mes y año del registro
- Hora de entrada, salida y pausas de cada día
Qué incluye
203 campos listos para rellenar
- 166Respuestas escritasnombres, direcciones, descripciones
- 32Fechasse comprueba que sean fechas reales
- 1Calculadosse rellenan solos a partir de otros campos
- 2Opcionescasillas, botones de opción, desplegables
- 2Firmasfirma e iniciales
5 obligatorios: el editor te va diciendo cuántos faltan mientras rellenas.
Instrucciones
Cómo rellenar: Registro de jornada (parte de horas)
- 1
Indica el mes
Un parte por persona y mes. Rellena los datos de la empresa y del trabajador.
- 2
Anota cada día
Fecha, hora de entrada, hora de salida, minutos de pausa y horas efectivas. Deja en blanco o marca «libre» los días de descanso.
- 3
Revisa el total
El parte suma las horas del mes. Las que superen la jornada pactada son horas extraordinarias y deben compensarse o pagarse.
- 4
Firma y archiva
Firma el trabajador y la empresa. Guarda el PDF cuatro años a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo.
Rellénala online
Así se rellena

- Rellenar, pedir firmas y crear formularios son tres modos del mismo editor
- Los importes son campos con fórmula: se calculan mientras escribes
- El navegador de campos cuenta los que faltan y salta al siguiente
Se muestra con nuestra plantilla de factura. Contenido de ejemplo; los nombres son ficticios.
Redactada para: España
Esta plantilla es un modelo general y no constituye asesoramiento jurídico. Comprueba el convenio colectivo aplicable y consulta con un graduado social o abogado laboralista.
Redactada por PDFBetter y revisada por última vez el 17 de octubre de 2026. ¿Has visto algún error? Avísanos.
Registro de jornada (parte de horas): preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el registro de jornada?
Sí. El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, introducido por el Real Decreto-ley 8/2019, obliga a registrar cada día el inicio y el final de la jornada, también en jornadas parciales.
¿Vale un registro en papel o PDF?
La ley no impone un sistema concreto, pero debe ser fiable y no modificable a posteriori. Un parte firmado cada mes y archivado en PDF cumple si refleja la hora real de cada día.
¿Qué multa hay por no llevarlo?
No llevar el registro es una infracción grave en materia de tiempo de trabajo. La sanción depende de la gravedad y del número de trabajadores; consulta la cuantía actualizada en la normativa vigente o con tu asesoría.
Cuando quieras
Rellena ahora: Registro de jornada (parte de horas), sin cuenta para empezar.